miércoles, 27 de mayo de 2015

Asamblea de Estudiantes


¿Sabías que en julio se vota el/la nuevx Decanx de Facultad?

   La elección se da en el Claustro de Facultad, este es un espacio de discusión y construcción de contenidos, por ejemplo en lo que refiere a planes de estudio y malla curricular, además de la función de elección del Decanx. En este espacio, nuestro Centro de Estudiantes tiene sus delegados/as (designados a partir de las pasadas elecciones universitarias de 2014). Ellxs llevarán la postura y opiniones que salgan del proceso de trabajo que viene llevando adelante el CEUP en su totalidad, del cual esta Asamblea forma parte.


Un poco de información:

-El Consejo de Facultad de Psicología es el órgano máximo de resolución en la institución. Es responsable de la toma de decisiones de todo lo que tiene que ver con Facultad, ya sea en su espacio de reunión, o delegando funciones a comisiones asesoras o funcionarios (Art. 39 y 40).

Está integrados por doce miembros, a) el Decano; b) cinco miembros electos por el personal docente, debiendo ser tres de ellos, por lo menos, profesores titulares; c) tres miembros electos por los egresados con título universitario; d) tres miembros electos por los estudiantes. Conjuntamente con los delegados titulares se elegirán doble número de suplentes. Art. 29)

-La Asamblea del Claustro de Facultad: Es el órgano deliberativo de la institución. Tiene competencia central elegir al Decano de Facultad y se le requiere que se exprese en lo que tiene que ver con planes de estudios y la vida académica en general. Está integrado por 10 estudiantes, 10 egresados y 15 docentes. (Art. 36 y 43)
Todos los artículos citados corresponden a la Ley Orgánica de la Universidad de la Republica, Nº 12.549, del 16.X.1958.

-El la Decana/o, es el/la encargado/a de presidir el Consejo de Facultad. Le compete seguir y hacer cumplir las resoluciones del Consejo y del Consejo Directivo Central (CDC), así como representar a la Facultad cuando sea necesario. Es electo/a por la Asamblea del Claustro de Facultad por un periodo de cuatro años. (Art. 32, 42 y 43)

Art. 42 - ATRIBUCIONES DE LOS DECANOS -Compete a los Decanos en la administración de sus respectivas Facultades:
a) presidir el Consejo, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir sus reglamentos y resoluciones así como las ordenanzas y resoluciones de los órganos centrales:
b) representar al Consejo cuando corresponda;
c) autorizar los gastos que correspondan, dentro de los límites que fijen las ordenanzas;
d) sancionar al personal de la Facultad, de conformidad con las ordenanzas respectivas;
e) adoptar todas las resoluciones de carácter urgente que sean necesarias;
f) dictar todas las resoluciones que correspondan de conformidad con las ordenanzas que dicte el Consejo Directivo Central y los reglamentos del Consejo;
g) expedir, con la firma del Rector, los títulos y certificados correspondientes a los estudios que se cursan en la respectiva Facultad.
En los casos de los incisos c), d) y e), el Decano dará cuenta al Consejo, estándose a lo que éste resuelva.



¡Vivos se los llevaron, Vivos los queremos!

viernes, 15 de mayo de 2015

Comunicado ante el Fallecimiento de la Docente Alba Fernández

A la familia de Alba Fernández,
A sus amigos,

Escribimos esta nota para que quede como testigo del cariño que recibimos de Alba Fernández. Docente excepcional, que se ganó nuestro respeto respetándonos. Nunca subestimó a los estudiantes, y eso nos enaltecía. 
Amiga contenedora y apacible a veces, y otras furiosa, pasional. Siempre supo dejarle lugar al otro. 
Con la tristeza, pero también con el mayor afecto del que somos capaces, los abrazamos a ustedes, familiares, amigos y compañeros de trabajo, que tuvieron el privilegio de disfrutar cotidianamente de su compañía. 
Su pasión ha hecho huella en nosotros, los que tuvimos el privilegio de ser sus estudiantes. 

Centro de Estudiantes Universitarios de Psicología - FEUU